Ayudas al medio rural
RURALTER-Leader I
Ayuda a la creación y desarrollo de microempresas.
Objeto del trámite:
Ayudas para la realización de inversiones en activos materiales e inmateriales necesarios para:
- La creación de un establecimiento nuevo.
- La ampliación de un establecimiento existente.
- La modernización de un establecimiento existente mediante un cambio radical en el producto/servicio o en los procedimientos de producción.
Prioridad general: Serán de apoyo prioritario las empresas que se dediquen a las siguientes actividades:
a) conservación y recuperación del paisaje: mantenimiento de caminos, muros de piedra seca, forestal, jardinería paisajística
b) servicios profesionales: fontanería, electricidad, arquitectura, ingeniería, informática y telecomunicaciones, medioambientales, instalación de energías alternativas (solar, eólica, geotérmica), asesorías legales, financieras y de inversiones.
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RURALTER-Leader II
Fomento de actividades turísticas
Objeto del trámite:
Se subvencionarán las inversiones en activos materiales e inmateriales necesarias para
- la creación de un establecimiento nuevo,
- la ampliación de un establecimiento existente
- la modernización de un establecimiento existente mediante un cambio radical en el producto/servicio o en los procedimientos de producción.
Esta medida se aplicará exclusivamente en municipios de los GAL seleccionados dentro de la convocatoria RURALTER-LEADER. Serán también subvencionables acciones que tengan lugar fuera de este territorio si se trata de actuaciones promocionales y comerciales en beneficio exclusivo de los municipios RURALTER-LEADER.
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RURALTER-Leader III
Prestación de servicios básicos para la economía y la población rural
Objeto del trámite:
1. Ayudas a la inversión para la creación , modernización o ampliación de servicios básicos para la economía y la población rural.
2. Se subvencionarán prioritariamente las actuaciones de ámbito supramunicipal, que supongan que el servicio creado o mejorado tiene como beneficiarios a varios municipios.
3. El compromiso de puesta en funcionamiento efectiva del servicio de modo inmediato a la finalización de la ejecución de la operación auxiliada será condición imprescindible para la elegibilidad del proyecto.
4. En el caso de actuaciones generadoras de beneficios, el promotor deberá acreditar que la prestación del servicio es viable económicamente.
5. En el caso de actividades no generadoras de beneficios, el promotor deberá acreditar su capacidad económica para asumir los gastos que conlleve el mantenimiento en buen estado del inmueble y las instalaciones y la prestación adecuada del servicio en los 5 años posteriores a la puesta en marcha inicial del mismo tras la realización de la inversión.
6. Prioritariamente son subvencionables las siguientes actuaciones:
- Servicios de atención a la infancia: guarderías, ludotecas, parques infantiles
- Servicios de atención a las personas mayores: relación social, atención terapéutica, atención a domicilio
- Servicios de atención a la juventud: actividades culturales, deportivas y de ocio o esparcimiento
- Servicios vinculados a las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones
- Servicios vinculados a la acogida de nueva población
7. No serán en ningún caso subvencionables las inversiones vinculadas a los servicios administrativos o a servicios de obligada prestación (según normativa de régimen local) por la administración local que solicita la ayuda.
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RURALTER-Leader IV y V:
Renovación y Desarrollo de pueblos
Conservación y mejora del patrimonio rural
Objeto del trámite:
Actuaciones arquitectónicas sobre los cascos históricos que tengan por objeto la conservación o recuperación del estilo y materiales constructivos rurales tradicionales (piedra natural, madera, hierro forjado, teja árabe, azulejos artesanos): pavimentación, alumbrado, mobiliario urbano (papeleras, bancos, maceteros, marquesinas, señalización),
rehabilitación de fachadas (públicas o privadas) y supresión de cables o conducciones externas. No son subvencionables las actuaciones relativas a nueva urbanización. Serán prioritarias las actuaciones globales sobre el conjunto del casco histórico de un municipio o sobre su calle/s principal/es.
- Recuperación del paisaje en el entorno de los núcleos de población: eliminación de escombreras, reducción del impacto visual de edificaciones mediante la plantación de arbolado, habilitación de zonas de paseo y recreativas
- Habilitación de zonas de aparcamiento periféricas. El aparcamiento podrá ser cerrado (edificación, a nivel o subterránea, acorde con el estilo rural tradicional) o bien abierto pero con impacto visual minimizado mediante arbolado. Estas actuaciones gozarán de prioridad adicional si se acompañan de medidas de limitación o prohibición del tráfico rodado y/o del aparcamiento en el casco histórico.
- Creación de circuitos temáticos histórico-patrimoniales: infraestructuras de acceso, señalización, áreas de servicios
- Restauración e iluminación ornamental de edificios o construcciones emblemáticas: castillos, murallas, torres, puentes, neveras, lavaderos, aljibes, fuentes, molinos, cruces de término y capillas (“peirons”), construcciones de piedra seca, masías históricas o fortificadas, iglesias, ermitas, calvarios, cementerios.
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Ayudas destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
Objeto del trámite:
Promover la difusión de nuevas tecnologías mediante ayudas para la adquisición, por parte de asociaciones de agricultores, de máquinas y equipos agrícolas que supongan una innovación tecnológica en una zona geográfica determinada y que contribuyan a mejorar los actuales sistemas de producción al ahorro energético, a la conservación del medio ambiente o a mejorar las condiciones de trabajo de los agricultores valencianos, de acuerdo con la Orden de 19 de febrero de 1993 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE nº 52, de 2 de marzo de 1993), y la Orden de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la aplicación en la Comunidad Valenciana de la Orden Ministerial de 19 de febrero de 1993. (DOGV núm. 5063, de 3 de agosto de 2005).
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Y ¿cómo se seleccionan los proyectos?, ¿qué son los Grupos de Acción Local Ruralter-Leader?.
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