El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) condenó ayer a España por no haber clasificado el suficiente número de territorios como Zonas de Protección Especial para las Aves (ZEPA).
Los jueces europeos consideran que las áreas protegidas en varias comunidades autónomas, incluida la Comunitat Valenciana, son insuficientes en número y en superficie, teniendo en cuenta las zonas importantes para la conservación de las aves (IBAs por su siglas en inglés) identificadas en el Inventario ornitológico de 1998.
Ver noticias:
La UE condena a España por insuficientes zonas de protección para las aves, entre ellas la C. Valenciana
Europa condena a España por la falta de zonas protegidas en la C. Valenciana
¿QUE SON LAS ZEPA’s?
Son Zonas de Especial Protección para Aves.
Directiva “HABITATS”: Con el fin de conservar las aves europeas el Consejo de la Unión aprobó en 1992 la Directiva 92/43/CEE, conocida como directiva de hábitats, que recoge la 79/409/CEE conocida como directiva de aves. Representan el instrumento legal para la conservación de los hábitats, las especies y la biodiversidad en el territorio de la UniónEuropea.
El objetivo general de la Directiva 79/409/CEE es asegurar la protección eficaz de todas las aves que viven en estado silvestre en los estados miembros, mediante la protección, conservación, restauración y creación de los hábitats necesarios para que sus poblaciones puedan persistir a lo largo del tiempo, así como mediante la regulación de las prácticas de captura y del comercio de aquellas especies que tradicionalmente han sido consideradas como cinegéticas.
LAS ZEPA's FORMAN PARTE DE LA RED NATURA 2000:
La Red Natura 2.000 se compone de dos tipos de espacios:
•Las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), designadas según la Directiva Aves, y que forman parte de la Red Natura 2.000 automáticamente.
•Los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), según la directiva de Hábitats, que serán declaradas previo estudio por la Comisión Europea como integrantes de las lista de LIC, siendo declaradas a continuación por cada estado miembro como Zonas Especiales de Conservación (ZEC).
QUIEN DESIGNA UNA AREA ZEPA
Los estados miembros de la Unión Europea, y en España las comunidades autónomas con competencias transferidas, tienen la obligación de designar como ZEPA los territorios más adecuados en número y superficie para garantizar la conservación de las especies incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves.
En cumplimiento de esta obligación, la última propuesta efectuada por la Comunidad Valenciana incluye un total de 18 zonas ZEPA, con una superficie total de 268.666 Ha.
LIMITACIONES DE USOS EN LAS ZEPA’s:
La designación como ZEPA de un lugar no supone expropiación o pérdida de titularidad de las propiedades incluidas en su ámbito.
En las ZEPA’s se pueden llevar a cabo todas aquellas actividades que no perjudiquen a las especies que la constituyen. Se pueden realizar, y a su vez se promueven, actividades agrarias, ganaderas y forestales, así como en
algunos caso la actividad cinegética regulada.
LOS BENEFICIOS DE UNA ZEPA:
Además de los beneficios medioambientales, los territorios declarados como ZEPA son áreas prioritarias para la recepción de ayudas y financiación comunitaria o el desarrollo de proyectos de conservación o gestión (LIFE).
Agricultores y ganaderos, fincas cinegéticas, explotaciones silvícolas etc. Pueden beneficiarse de ayudas agroambientales o para mejorar la gestión y su explotación sostenible.
Además pueden constituir un reclamo turístico, aportando una vía adicional para el desarrollo de la economía rural y posibilitando la instalación de infraestructuras para la información, observación e interpretación del medio natural.
FUENTES DE FINANCIACION DE LAS ZEPA’s:
Las principales fuentes de financiación en las ZEPA’s que se integran en los Fondos estructurales son:
•El Fondo Social Europeo.
•El Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
•El Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola.
•El Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca.
También cabe considerar las iniciativas comunitarias Interreg III, Leader+, programa de Desarrollo y Diversificación de Zonas Rurales, los Fondos Life Naturaleza y Medio Ambiente y los Fondos de Cohesión.
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LA POSTURA DE SEO/ BIRDLIFE
Finalmente, y como era previsible después de las conclusiones de la abogada general, el Reino de España ha sido condenado por el Tribunal de Luxemburgo por no haber declarado suficientes Zonas de Especial Protección para las Aves. En concreto, la condena al Reino de España se fundamenta en el incumplimiento de las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 4 de la Directiva 79/409 CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres.
A raíz de un informe realizado por SEO/BirdLife en 2000 a petición de la Comisión Europea, ésta decidió abrir un procedimiento de infracción a España. Tras muchos meses de justificaciones y declaración intermitente de espacios como ZEPA la Comisión llevó ante el Tribunal de las Comunidades Europeas de Luxemburgo a siete comunidades autónomas (Andalucía, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia y Valencia). Hace un año se celebró la vista oral y en septiembre se hicieron públicas las conclusiones de la abogada general.
Estas comunidades autónomas y, por lo tanto, España deben cumplir con los requisitos impuestos en esta sentencia para cumplir de una forma clara con las Directivas europeas ambientales, lo que permitirá que España tenga una red de espacios protegidos que garantizarán la protección y conservación de nuestra biodiversidad. Según Alejandro Sánchez, director ejecutivo de SEO/BirdLife, “de nuevo ha sido el Tribunal de Luxemburgo el que ha dado la razón a SEO/BirdLife, confirmando la importancia del inventario de Áreas Importantes para las Aves a la hora de identificar los diferentes espacios de la Red Natura 2000.”
Comunidad Valenciana: Propuesta de SEO/BirdLife para la declaración de ZEPA y ampliación de las IBA con parte de su extensión incluida en ZEPA
Designación de ZEPA deficiente, en especial áreas de montaña. En estas áreas SEO/BirdLife considera que la Comunidad Valenciana debería proponer más ZEPA respecto a las siguientes especies: águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus), culebrera europea (Circaetus galllicus), halcón peregrino (Falco peregrinus), y alimoche común (Neophron percnopterus). Entre las especies esteparias, se deberían designar ZEPA para alondra ricotí (Chersophilus duponti), cernícalo primilla (Falco naumanni), ganga ortega (Pterocles orientalis) y sisón común (Tetrax tetrax). Entre las aves acuáticas, se debe mejorar la cobertura de ZEPA para Cerceta pardilla (Marmaronetta angustirostris) y Focha moruna (Fulica cristata).
SEO/BirdLife solicita la declaración de ZEPA:
149 Puertos de Morella
157 Hoces del Turia y Los Serranos *
163 Sierras de la Marina
168 Monte El Valle y Sierras de Altaona y Escalona
155 Laguna y Marjal de Almenara
Ampliación de las ZEPA incluidas en las siguientes IBA:
158 Hoces del Cabriel y del Júcar
161 Sierra de Enguera-La Canal de Navarrés
* Ver artículos sobre Las Hoces del Turia y Los Serranos:
Fotografías: Societat Valenciana d' Ornitologia


Ya he hecho un comentario similar en el blog de Alacant, pero da igual repetirse en esto, hay algunas zonas que quedan tan constreñidas por las urbanizaciones, especialmente en nuestra área levantina, que realmente peligra la integridad de los habitat de estas aves.
En la Comunidad Murciana las zonas de protección son tan ridículas que no se si esperan que las especies aprendan a no salirse de esos escasos límites, hace poco consulte un paraje que tengo cerca de mi casa de la playa, el monte del Carmolí, una de las pocas elevaciones junto al Mar Menor, y es de risa, poco menos que han dejado con protección la punta del monte, el resto es urbanizable hasta el punto de haberle comido un trozo a la falda para hacer chalets empotrados casi en ella. El problema es que cuando hace años empecé a andar por allí aun encontraba algún águila perdicera, en sus proximidades invernaban flamencos, llevo ya un par de años que no veo nada de esto ¿por que será?
No me extraña además de que hay muy pocas luego como ya he explicado estas zonas zepas siguen con cableados eléctricos importantes y con grave peligrosidad tanto en la colisión como en las electrocuciones.
es una pena pero la realidad es así o peor, como en otros temas como las zonas habitat la comunidad propuso unas y luego desde recordó y pidió que ampliaran las zonas propuestas, no obstante no conozco de estas subvenciones en las zonas zepas al menos las que son parques, como la marjal de Pego-Oliva.
Esto además seguro que la culpa la tiene Zapatitos de Madrid y no la comunidad del sr. Camps, por cierto esto es una curiosidad el conseller campos es familia o coincidencia?
saludos
Por si alguien no lo tiene claro, la Comunidad Valenciana tiene plenas competencias en esta materia y es quien debe proponer las zonas ZEPA. SEO (Sociedad Española de Ornitología) denunció 7 comunidades autónomas, entre ellas la nuestra. Si el Tribunal de Luxemburgo se refiere a España, o al Reino de España, es simplemente por una cuestión de "cadena de mandos", la Unión Europea trata con estados, no con comunidades autónomas.
Respecto a las subvenciones, imagino que no son automáticas, sino mas bien ligadas a programas específicos. En relación a esto, es el problema de no cumplir no solo las Directivas -que son ley, y en Europa las leyes están para cumplirlas-, sino ni tan siquiera las directrices. Europa paga, pero no regala.
España como siempre portegiendoa sus fauna y su flora, que poco les importa a los politiquillos de sillón la naturaleza, saludos
Mas cosas: ¿Qué relación tiene esta noticia con La Serranía?
Mucha, porque una de las áreas candidatas a ZEPA es la que SEO-BirdLife denomina IBA 157 - "Hoces del Turia y Los Serranos", cuya descripción puede verse en los enlaces al final de este artículo. Tal vez no deba esperarse que toda la extensión que SEO-BirdLife propone sea considerada como ZEPA, pero si una parte.
Para los que consideren que se debe orientar el desarrollo hacia lo sostenible, es decir, aprovechar los recursos de su patrimonio natural, (es decir, a lo que determinan las directrices europeas) es sin duda una buena noticia: La Serranía contaría con dos espacios Red Natura 2000: el LIC "el sabinar de Alpuente" (Aras -Alpuente- La Yesa) y esta nueva ZEPA. Todo un lujo y un recurso para su economía si se sabe aprovechar.
Sin embargo esta sentencia, largamente esperada por los que defendemos que la implantación de la eólica debe mejorar sus ubicaciones para no contradecirse precisamente con aquellos valores que dice defender, supone o debería suponer una revisión de determinados proyectos: el propio Plan Eólico Valenciano considera las ZEPA's como áreas de exclusión.
Sobre la financiación de la Red Natura 2000:
http://www.mma.es/portal/secciones/biodiversidad/desarrollo_rural...