por Jesús Carrión Olarte. Arquitecto y paisajista.
01. Infraestructuras y paisaje
02. ¿Un sueño comarcal?
03. Otras carreteras, otros paisajes
04. El proyecto de la CV-35
Una infraestructura viaria, una autovía, transforma indudablemente el paisaje. Lo transforma en la medida en que como elemento lineal de gran tamaño su incidencia en el paisaje no puede ignorarse, y puede decirse que pasa a convertirse, para bien o para mal, en uno de sus elementos configuradores. Determina también el paisaje, pues desde ella un gran número de personas intuye una geografía. También como elemento vertebrador, es susceptible que, apoyándose en ella aparezcan nuevos elementos que transformen a su vez el paisaje actual.
En este texto se pretende abordar la ampliación de la CV-35 desde la disciplina del paisaje, y puesto que la incorporación de sus criterios en el planeamiento es relativamente nueva, y las leyes donde se recogen sus criterios, el Convenio Europeo del Paisaje y la Ley del Paisaje, de reciente aprobación, tal vez convenga previamente a iniciar este debate, aclarar los conceptos que mas directamente puedan estar relacionados con el tema que nos ocupa.
En primer lugar se entiende por paisaje “el área, tal como la percibe la población, el carácter de la cual es resultado de la interacción de factores naturales y/o humanos”. En este concepto cabe incluir tanto paisajes de gran calidad como los degradados o dañados, y es precisamente para estos últimos para los que el Convenio del Paisaje Europeo, reconociendo en ellos un elemento importante en la calidad de vida de las poblaciones, introduce en sus definiciones los conceptos objetivo de calidad paisajística y mejora del paisaje.
“En el Convenio se contempla con especial interés el “paisaje ordinario”, el de todos los días e incluso, el paisaje que se percibe como degradado o dañado, ya que cualquier paisaje que ha llegado a su estado actual mediante la interacción hombre/naturaleza a través del tiempo, es marco de vida y, según el Convenio, todos los europeos, tienen derecho a “disfrutar de paisajes de gran calidad”. Para ello se incorpora el “objetivo de calidad paisajística” y la recuperación del paisaje.”
(Cristina Narbona. Ministra de Medio Ambiente.)
También creo oportuno incluir el concepto de transformación. Desde el marco teórico del paisajismo, se considera la transformación de un paisaje, inducida por procesos sociales, económicos o medioambientales, un hecho intrínseco en su proceso evolutivo. Lo que se pretende, y así se recoge en la legislación, es armonizarlos para que la transformación no suponga una degradación cualitativa, o en el caso de partir de espacios degradados, contribuyan a su recuperación. En este sentido y específicamente para el caso que nos ocupa, la Ley del Paisaje recoge:
“La ejecución de proyectos de cualquier tipo de infraestructura, excepto las agrarias que contribuyan a la sostenibilidad, que discurra o vuele sobre terrenos clasificados como no urbanizables con independencia de la naturaleza pública o privada de su promotor, deberá contribuir al mantenimiento y recuperación del territorio y el paisaje.”
Artículo 87 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje de la Comunidad Valenciana.
Queda por último aclarar en esta introducción, por qué es oportuna la incorporación en este debate sobre la CV-35, la visión desde el paisaje. Hay una primera razón inexcusable, y es porque la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje de la Comunidad Valenciana, aprobada el 30 de Junio de 2004, así lo determina. La segunda, es por la importancia del paisaje en esta comarca. En los municipios por la que discurre, por que ya acumulan suficientes agresiones que lo degradan. En los municipios a los que precede, porque su calidad de vida y una parte de su actividad económica, tiene en el cuidado de sus paisajes y en los que discurren hasta llegar a ellos, su principal valor.


aunque este bastante desarrollada siempre se pueden introducir medidas corectoras y paliativas al respecto, que en teoría estan o deberian estar en el estudio de impacto pero incluso si no están incluidas y el ingeniero jefe de la obra puede incrementar y modificar justificadamente medidas y mejoras siempre que no uspongan un cambio importante de la misma obra, con lo que es importanta dos cosas que se apunten medidas que sean convenientes y que el ingeniero este por la labor o al men os sea sensible a propuestas, estos dos pilares son básicos si falla cualquiera de estos no hay cambio posible, en la presentacion de medidas siempre es bueno y convenien te el modo de rpesentarlas y justificarlas ya sea por parte de miembros de la administración o de colectivos y que no sean tipo manifestación o denuncia porque en ese caso y es normal se cierran en banda.
otra cosa muy importante es el seguimiento del estudio porque muchas veces se queda en eso un documento más o menso gordo pero no se pone en practica o bien las quejas no se dirigen a la entidad sutantiva que es la que debe velar por el cumplimiento de sus medidas y no la consellería o el ministerio, hechso que para la mayoria de la población se le escapa.
saludos y a trabajar duro que el tema de paisaje entra todo como en lo de medio ambiente ya sea natural, urbano, rustico, industrial,... y no quedarse únicamente en el tema natural.
Tal vez todavía sea posible (en teoría) introducir algunos cambios, pero lo dudo.
En realidad lo que se propone desde el Convenio Europeo del Paisaje (del 2000) y recogido en nuestra Ley del Paisaje (2004) y Reglamento (2006) no son tanto medidas correctoras aplicadas a posteriori, sino que la variable del paisaje entre desde un primer momento en el diseño del proyecto.
De un texto anterior de Joaquím Brugué, aunque referido a la participación ciudadana, tal vez aclare algo:
http://www.lacoctelera.com/paisajesdealpuente/post/2007/05/10/pai...
"...Podemos ilustrarlo con un ejemplo sencillo: hasta hace poco, construir una carretera podía ser una cuestión que afectara tan sólo a la ingeniería, mientras que hoy es también una cuestión de equilibrio territorial, de progreso económico, de calidad de vida de los vecinos y de respeto medioambiental. Aquello que antes podía resolverse desde una perspectiva, hoy nos reclama el diálogo entre perspectivas diversas. Esto es, vuelvo a insistir, participación; y de aquí que sea una necesidad ineludible..."
Y dudo que ni tan siquiera vayan a introducirse rectificaciones porque 3 años después de la aprobación de la Ley del Paisaje se ha hecho muy poco. Ni catálogos, ni campañas de concienciación.,.. Y en estas segundas, tal vez los que mas las necesitarían serían los propios gestores municipales, comarcales,... porque el despiste es evidente.
Una pena, porque el "desarrollo" se adentra en La Serranía. Pero sin reflexión, "desarrollo" raramente significa progreso.
pues si que hay un desconocimiento ya que es una de las leyes que yo llamo de papel mojado sin ningún interés real de ponerla en práctica primero se debe incorporar en los nuevos PGOU y no es de aplicacion directa con lo que su supuesta novedad o benevolencia medioambiental puede verse al menos muy reducida, otra cosa además es que el proyectode esta carretera puede qu eesté redactado con anterioridad a la necesidad de introducir el tema paisaje, otra cosa es cualquier ley y si es ambiciosa con más razón debe benir acompañada de un paquete económico para su aplicación, formación de los funcionarios que deben llevarla a cabo de la ciudadanía de personal dedicado a estos menesteres, personal de inspección que controle su aplicación,...
y por experiencia vienen vacias económicamente y ni siquiera dentro de la misma consellería se sabe casi nada y si pides como he pedido por escrito y verbalmente que nos vayan explicando al menos la filosofía o linea de por donde van las ultimas leyes me han dicho muy buenas palabras y nada más por ejemplo la ley de paisaje la ley de s. n.u. la del ruido la de caza, .... y no sigo que me aburro.
saludos