CONVENIO DE FLORENCIA. Florencia 20 de octubre de 2000
Texto completo del Convenio

Partiendo del reconocimiento de los valores, culturales y naturales del paisaje en el ámbito de la Unión Europea, el Convenio nace de una iniciativa del Comité de Ministros del Consejo de Europa.

Su texto recoge las conclusiones de los trabajos que en materia de Diversidad Biológica y del Paisaje realiza un grupo restringido de expertos, en el que estaban representadas organizaciones tanto gubernamentales como no gubernamentales y en el que participaron representantes de Comunidades Autónomas españolas.

Los Estados miembros firmantes, entre ellos España, se comprometen a desarrollar dicho Convenio. En el caso de nuestro país, concierne también a las Comunidades Autónomas, como organismos competentes en materia de política territorial y urbana, que se comprometen a establecer las siguientes medidas:


Reconocimiento jurídico del paisaje.

Definición y desarrollo de políticas de paisaje para su protección y gestión.

Procedimientos de participación pública, de las autoridades locales y de otros agentes para el diseño y realización de políticas de paisaje.

Integración del paisaje en la ordenación del territorio y en el urbanismo, en la política cultural, ambiental, agrícola, social y económica.

Fomentar la sensibilización de la sociedad civil, de los organismos privados y de las autoridades públicas para participar en la transformación de los paisajes.

Promover la formación de especialistas para el conocimiento e intervención en el paisaje e introducir el paisaje en los programas educativos a todos los niveles.

Favorecer el intercambio de experiencias entre los Estados a escala europea.

Elaborar “objetivos de calidad paisajística” para los paisajes identificados.

Poner los medios e instrumentos para la protección y la gestión de los paisajes.